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Actualización del reglamento en las labores mineras subterráneas


Con la expedición del Decreto 944 de 2022, se modifica el ámbito de aplicación de la norma a personas naturales o jurídicas que realicen las siguientes labores mineras subterráneas en el país:


  1. Titular minero, su operador o subcontratista

  2. Solicitantes de programas de legalización o de formalización minera que cuenten con autorización legal

  3. Beneficiarios de áreas de reserva especial

  4. Beneficiarios de autorizaciones temporales

  5. Beneficiarios de mecanismos para el trabajo bajo el amparo de un título en pequeña minería


Por otro lado, también se actualizaron las instituciones autorizadas para realizar capacitación en Seguridad, capacitación en labores mineras subterráneas, obligaciones del empleador minero y se fortalecen algunos lineamientos referentes a la Seguridad y Salud en el Trabajo minero.


Padilla & Compañía Asesores Jurídicos

Empresariales

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